- 25 Feb 2025
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Anexo Sobre Medio Ambiente
- Actualizado en 25 Feb 2025
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Titulo: | Anexo sobre Medio ambiente |
Código: | A-09-SCRL-B-FA |
Versión: | 1.2 |
Aplicable a: | Titulares de Certificado de finca |
Aplicabilidad: | Contenido vinculante |
Vigente a partir de: | 1 de octubre 2025 |
Expira por: | Hasta nuevo aviso |
Traducción publicada el: | 3 de marzo 2025 |
Reemplaza: | SA-S-SD-24-V1.1-Anexo-Capítulo-6-Medio Ambiente |
¿A qué se refiere este documento?
Este anexo incluye contenido vinculante adicional relacionado con la aplicación de los requisitos del Capítulo sobre medio ambiente del Estándar de Agricultura Sostenible. Este documento incluye:
Detalles adicionales sobre el requisito 6.1.1 de la no conversión de los bosques naturales y de otros ecosistemas naturales;
Detalles adicionales sobre el requisito 6.1.2 de no invadir áreas protegidas y zonas de amortiguación designadas oficialmente;
Detalles adicionales sobre áreas de conservación y restauración fuera de los límites de la finca, relacionados con los requisitos de mejora continua 6.2.3 y 6.2.4 del Estándar de Agricultura Sostenible de Rainforest Alliance .
¿Cuándo y cómo se usa este documento?
Este documento proporciona a los titulares de certificados información adicional sobre los requisitos referenciados del Estándar de Rainforest Alliance y cómo aplicarlos. Los Entes de Certificación también pueden consultar este documento para tener una mejor comprensión de lo que se necesita ejecutar.
Cambios en la actualización de la v1.1 a la v1.2
Sección | ¿Qué ha cambiado? |
---|---|
1. Evaluación de riesgos de datos geográficos | Se añadió la sección para explicar los resultados de la evaluación del riesgo de deforestación y de invasión de áreas protegidas. |
2. Detalles adicionales sobre la no conversión de bosques naturales | Aclaración de las consecuencias del incumplimiento y sobre la concesión de conversiones menores |
2.1 Identificación de Conversión | Aclaración de los resultados de la evaluación del riesgo de deforestación Adición de verificación en el sitio de conversión y la evidencia que se necesita |
2.2 Conversión menor que ya ha ocurrido | Aclaración de la aplicabilidad y simplificación del texto Umbrales de aplicabilidad modificados para pequeños agricultores en la certificación de grupo Los requisitos sobre restauración se pasaron a una nueva sección 2.3. |
2.3 Conversión menor que ya ha ocurrido | Simplificación del texto para añadir claridad y eliminación del plan agroforestal para pequeños agricultores en una certificación de grupo Aclaración para la presentación del plan de restauración a Rainforest Alliance, y sus componentes Adición de la responsabilidad de la administración del grupo por las actividades de restauración de los miembros del grupo |
2.4 Conversión menor planificada para infraestructura | Adición de Rainforest Alliance para que el Titular de Certificado solicite un plan de restauración si se considera necesario Adición de aplicabilidad para Titulares de Certificado que han optado a la RUED |
3. Detalles adicionales sobre la no invasión de áreas protegidas | Se añadió una sección nueva para proporcionar información adicional. A los resultados de la evaluación del riesgo se añadió la invasión de áreas protegidas para mayor claridad. Adición de verificación in situ de invasión de áreas protegidas y evidencia requerida para áreas “permitidas” y “prohibidas”. |
4.1 Condiciones para las áreas de conservación o restauración fuera de los límites de la finca certificada | Se agrega referencia al requisito 6.2.4 del Estándar de Rainforest Alliance. Se agrega la presentación a Rainforest Alliance del plan de conservación/ restauración con todos los requisitos. |
4.2 Condiciones para poder auditar las áreas de conservación o restauración fuera de los límites de la finca certificada | Eliminación de imágenes de drones y/o imágenes satelitales como evidencia solicitada para acreditar el valor de conservación o restauración y el estado de protección. La periodicidad de la auditoría externa de las áreas de conservación o restauración cambió de cada seis años a cada tres años. |
1. Evaluación de riesgos de datos geográficos
La evaluación de riesgos en los datos geográficos de Rainforest Alliance proporciona a los Titulares de Certificado la siguiente información:
Mapa de riesgo de deforestación
Mapa de riesgo de invasión de áreas protegidas
Cuadro de riesgos en los datos geográficos de cada finca con el nivel de riesgo de deforestación e invasión de áreas protegidas
Estos productos ofrecen una vista general de posibles incumplimientos de los requisitos 6.1.1 y 6.1.2 de Rainforest Alliance. La evaluación de riesgos está disponible para los Titulares de Certificado y los Entes de Certificación en la plataforma de Rainforest Alliance y se actualiza cada vez que se actualizan los datos de ubicación geográfica.
2. Detalles adicionales sobre la no conversión de bosques naturales
El requisito 6.1.1 establece el 1 de enero de 2014 como la fecha límite a partir de la cual no se producirá la deforestación ni la conversión. Cualquier deforestación o conversión que ocurra después de esta fecha puede causar que un área determinada o unidad de producción no cumpla con el Estándar de Agricultura Sostenible de Rainforest Alliance y puede ser causa de la cancelación de la certificación o la no certificación.
Sin embargo, para la gestión de infraestructura y para casos menores de deforestación que pueden remediarse, se prevé cierta flexibilidad como se detalla en las secciones 2.2 y 2.3 que siguen. Además, Rainforest Alliance podrá conceder una conversión menor para la gestión de infraestructura siguiendo el procedimiento de solicitud descrito en la sección 2.4.
2.1 Identificación de conversión
La evaluación de riesgo de deforestación de Rainforest Alliance evalúa los datos geográficos cargados por los Titulares de Certificado para determinar si una unidad de finca presenta riesgo de deforestación a partir de 2014 Con base en el porcentaje del área de la unidad de finca que se superpone con el área deforestada, se asignan tres niveles de riesgo: riesgo bajo (verde) 0%, riesgo medio (naranja) hasta 1.2% y riesgo alto (rojo) más de 1.2% de superposición. El riesgo bajo se considera riesgo insignificante, mientras que los riesgos medio y alto se consideran riesgos significativos.
La evaluación del riesgo de deforestación no siempre puede diferenciar entre conversión y cambios aceptables en el uso de la tierra según lo define Rainforest Alliance, como por ejemplo:
Plantaciones forestales que se cosechan y convierten para uso agrícola pero que no involucran la conversión de ecosistemas naturales.
Aprovechamiento de árboles de sombra que no implique la conversión de bosques naturales.
Pérdida de cobertura arbórea que ocurrió antes de la fecha límite de 2014.
Los gerentes de fincas y administradores de grupos deben usar los mapas de riesgo de Rainforest Alliance para identificar áreas y productores con un riesgo particular de incumplimiento, evaluar este riesgo y adoptar medidas para gestionarlo adecuadamente.
En el caso de unidades de finca con un riesgo significativo de deforestación (categorizadas como de riesgo medio o alto), el Titular del Certificado está obligado a realizar inspecciones internas de estas áreas. Estas inspecciones deben confirmar si se ha producido alguna conversión de tierras con la recopilación de evidencia mediante entrevistas a los agricultores y observaciones de campo. La evidencia reunida debe conservarse durante todo el proceso de auditoría y después de él y debe estar disponible cuando lo soliciten los auditores o Rainforest Alliance. Las pruebas para confirmar si ocurrieron o no conversión(es) pueden incluir:
Polígonos actualizados de los límites de la finca, si es pertinente;
Documentación que demuestre los derechos de uso de la tierra o la propiedad legal de la tierra de conformidad con la legislación nacional (por ejemplo, títulos de propiedad, derechos indígenas, permisos gubernamentales, certificados o medios consuetudinarios verificables);
Fotografías, mapas u otra evidencia visual etiquetados geográficamente;
Registros de entrevistas con agricultores, miembros de la comunidad y otras partes interesadas;
Información de agencias gubernamentales locales (por ejemplo, agencias forestales, parques nacionales, etc.);
2.2 Conversión menor que ya ha ocurrido
Si la inspección interna antes de la primera auditoría de certificación detecta una conversión, el Titular de Certificado debe verificar si se encuentra dentro de los umbrales de conversión menor definidos aquí y ejecutar un plan de restauración según la sección 2.3. Cuando las conversiones superen los umbrales, el Titular del Certificado excluirá del programa de certificación al miembro del grupo, la finca o la unidad de finca que no cumpla los requisitos. En el caso de todas las fincas, incluidas las que optan por la RUED, la conversión debe haber ocurrido entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de diciembre de 2020. Los Titulares de Certificado y/o los miembros del grupo deben cumplir estos criterios adicionales:
a) Fincas grandes y fincas individuales
En el caso de fincas grandes (incluidas las certificadas como parte de un grupo) y fincas individuales, la conversión no debe cubrir más del 1% de la tierra de la finca o más de 10 hectáreas (lo que sea menor).
b) Certificación de grupo
En el caso de fincas pequeñas en una certificación de grupo, la conversión no debe representar más del 1% del total de la tierra del área de la unidad de finca.
Rainforest Alliance se reserva el derecho de revisar, aprobar, denegar o revocar estas concesiones para Titulares de Certificados específicos y caso por caso.
2.3 La restauración de conversión menor que ya ha ocurrido
Para conversiones dentro de estos umbrales, la administración de la finca debe crear un plan de restauración con un ecologista para remediar el bosque o ecosistema convertido. La restauración prevista debe ser:
Proporcional: El área a restaurar debe ser de al menos el mismo tamaño que el área convertida. Este requisito se puede cumplir sacando de producción el área convertida y restaurándola, o restaurando y/o brindando beneficios de conservación compensatorios en un área cercana.
Equivalente: El ecosistema a restaurar debe ser equivalente al ecosistema natural perdido en valor ecológico. Si el valor del área restaurada es o será menor que el del área convertida, entonces se debe restaurar un área más grande.
Adicional: Las actividades de restauración deben ser adicionales a las actividades planificadas por otras razones, incluido el cumplimiento de los requisitos de Rainforest Alliance sobre vegetación natural.
Permanente:: Las actividades de restauración deben diseñarse de manera que aseguren la viabilidad a largo plazo, incluido el financiamiento, las responsabilidades de gestión y las designaciones y derechos de tierras claros.
Adicionalmente, para la certificación de un grupo se deberá aplicar lo siguiente para evitar mayor conversión:
Establecimiento de un sistema de sanciones para los miembros del grupo para evitar una mayor deforestación;
Aplicación de medidas de sensibilización o capacitación de los miembros del grupo;
Conjunto de polígonos de unidades agrícolas para todos los miembros del grupo que, según la evaluación de riesgo, se encuentran en riesgo significativo de deforestación.
La gerencia/ administración debe presentar un plan de restauración a Rainforest Alliance a través de farmcert@ra.org. El plan debe incluir:
Definición de actividades a ejecutar con objetivos y responsabilidades claras y delimitadas en el tiempo;
Un plan de seguimiento para el área restaurada a aplicarse por lo menos cada tres años;
Polígonos del (de las) área(s) a restaurarse;
Lista de las especies de árboles que se sembrarán;
Entregar cada tres años informes de avance a los inspectores y auditores internos para que los revisen y verifiquen si son congruentes con el estado del sitio a restaurarse.
Nota: La aplicación, el seguimiento y la presentación de informes sobre los procesos de restauración de los pequeños productores dentro de un grupo deben ser facilitados por la administración del grupo. La administración del grupo habrá de rendir cuentas si estas acciones no se llevan a cabo para los miembros del grupo afectados, lo que podría causar la no certificación o su cancelación.
2.4 Conversión menor planeada para infraestructura
Se puede permitir la conversión de ecosistemas naturales hasta el 1% del área total de tierra certificada para mantener o ampliar la infraestructura esencial para las operaciones agrícolas o de procesamiento con las siguientes condiciones:
La conversión puede ocurrir solo para instalar nueva infraestructura en la finca o para reparar o modernizar la infraestructura de finca existente (por ejemplo, carreteras o infraestructura de riego, incluidas las instalaciones de bombeo, canales, estanques, embalses, y represas), maquinaria instalada permanentemente o instalaciones para lavado, procesamiento o empaque;
La gerencia de la finca o la administración del grupo documenta el plan para la instalación por adelantado, incluida la razón por la cual la instalación o reparación de la infraestructura propuesta no se puede llevar a cabo sin convertir el área correspondiente;
Se recopilan polígonos de la tierra total certificada, así como del área convertida, para demostrar que la superficie de tierra que se va a convertir está por debajo del umbral permitido del 1% de la tierra total certificada; NB El umbral del 1% es el área total permitida acumulada desde la primera fecha de solicitud de certificación;
Antes de realizar la conversión, la finca o la administración del grupo debe obtener aprobación de Rainforest Alliance. Para recibir aprobación, la administración presenta un plan a farmcert@ra.org con las razones, el plan y los polígonos del área a convertirse.
La conversión cumple totalmente el Requisito 6.1.2 del Estándar de Rainforest Alliance.
La conversión cumple totalmente con la ley aplicable;
La conversión es congruente con cualquier designación o recomendación con respecto a los Altos Valores de Conservación contenidas en cualquier evaluación de AVC del sitio o área
Rainforest Alliance se reserva el derecho de solicitar al Titular del Certificado que ponga en marcha un plan de restauración como el descrito en la sección 2.3 caso por caso, después de evaluar el plan de conversión.
Esta concesión no está disponible para los Titular de Certificado que opten por alinearse con el Reglamento de Deforestación de la Unión Europea, si el propósito principal de la conversión menor es dar a la tierra uso agrícola y de operaciones de procesamiento, incluidas, entre otras, la operación de edificios agrícolas (hangares, graneros, bodegas, silos, etc.).
3. Detalles adicionales sobre la no invasión de áreas protegidas
Para evaluar el riesgo de incumplimiento del requisito 6.1.2 del Estándar, la evaluación de riesgos de Rainforest Alliance determina la probabilidad de que una unidad agrícola esté situada dentro de un área protegida o sus zonas de amortiguación designadas, y si la producción agrícola dentro de esas áreas está permitida según la legislación aplicable.
Con el uso de la clasificación de áreas protegidas de la UICN, Rainforest Alliance ha designado áreas “permitidas” y “no permitidas”. En las áreas protegidas “no permitidas”, la producción agrícola está prohibida, mientras que en las áreas protegidas “permitidas”, las actividades agrícolas se permiten en condiciones específicas y reguladas por la ley. Con base en esto se asignan tres niveles de riesgo: Riesgo bajo (verde) sin superposición con áreas protegidas, riesgo medio (naranja) superposición con áreas protegidas “permitidas” y riesgo alto (rojo) superposición con áreas protegidas “no permitidas”.
Si durante la evaluación de riesgos se identifican unidades de finca como de alto riesgo, los Titulares de Certificado deben visitar todas esas fincas durante la inspección interna y recopilar evidencia que demuestre que la producción no tuvo lugar dentro del área protegida "no permitida". La evidencia reunida debe conservarse durante y después de la auditoría y debe estar disponible cuando lo soliciten los auditores o Rainforest Alliance. Las pruebas para confirmar si se ha producido o no una invasión de un área protegida o zona de amortiguación pueden incluir:
Polígonos actualizados de los límites de la finca, si es pertinente;
Documentación que acredite el uso de la tierra y/o derechos legales de conformidad con la legislación nacional;
Fotografías, mapas u otra evidencia visual etiquetados geográficamente;
Registros de entrevistas con los agricultores y otras partes interesadas.
Las unidades de finca identificadas como de riesgo medio deberán ser visitadas por los Titulares de Certificado para evaluar si se realizaron actividades de producción o procesamiento dentro del área protegida y si cumplen la legislación aplicable. Como mínimo, estos productores deben presentar lo siguiente:
Documentación que acredite el uso de la tierra y/o derechos legales de conformidad con la legislación nacional;
4. Detalles adicionales sobre conservación y restauración fuera de los limites de la finca
4.1 Condiciones para el área de conservación o restauración fuera de los límites de la finca certificada
Las siguientes condiciones se aplican a los requisitos de mejora continua 6.2.3 y 6.2.4 del Estándar de Agricultura Sostenible Rainforest Alliance cuando no es posible lograr el porcentaje requerido de cobertura vegetal natural en la finca sin reducir el área agrícola productiva. Los productores tienen la opción de complementar el área de vegetación en la finca con áreas de conservación o restauración fuera de los límites de la finca con estas condiciones:
Los productores pueden tener áreas de conservación o restauración fuera de los límites de la finca solo si no pueden alcanzar el porcentaje requerido de vegetación natural en sus fincas.
Los productores no convierten la vegetación natural existente en la finca a otros usos de la tierra. Las áreas de conservación fuera de los límites de la finca solo se pueden usar para complementar la vegetación existente y adicional en la finca. Las áreas de conservación permanente no se pueden usar para reemplazar la vegetación en la finca.
Los productores pueden tener parte del porcentaje necesario de vegetación natural en su finca y un porcentaje de vegetación natural como área de conservación fuera de los límites de la finca. Por ejemplo, un productor puede tener un 5% de vegetación natural en la finca y un 5% fuera de la finca.
El área de conservación o restauración fuera de los límites de la finca certificada proporciona efectivamente protección a largo plazo de esa área durante al menos 25 años.
El área de conservación o restauración fuera de los límites de la finca certificada produce un valor de conservación adicional y un estado de protección en relación con el statu quo: el área se mantiene o mejora en términos de valor de su biodiversidad.
El área de conservación o restauración fuera de los límites de la finca certificada se encuentra en un ecosistema similar al de la finca certificada. Por ejemplo, si la finca certificada está en un área donde el bosque lluvioso es el ecosistema predominante, el área de conservación está ubicada en un área donde el bosque lluvioso es predominante.
Los Titulares de Certificado deberán enviar el plan de conservación o restauración, incluidos todos los requisitos, a Rainforest Alliance a farmcert@ra.org.
4.2 Condiciones para poder auditar las áreas de conservación o restauración fuera de los límites de la finca certificada
Los Titulares de Certificado proporcionan datos de polígonos para las áreas de conservación o restauración fuera de los límites de la finca.
Los Titulares de Certificado indican el tamaño (ha) del área o áreas de conservación o restauración, así como el porcentaje que esto representa en relación con el área de la finca certificada.
Los Titulares de Certificado muestran documentación que demuestra que las áreas de conservación o restauración pueden recibir una protección efectiva a largo plazo de por menos 25 años.
El auditor visita el área de conservación o restauración fuera de los límites de la finca al menos una vez cada tres años. Los Titulares de Certificado pagan los costos adicionales de la auditoría del área de conservación o restauración fuera de los límites de la finca certificada, por ejemplo, para que los auditores viajen al área o áreas de conservación o restauración para realizar la verificación.
Otra información
Fecha de la primera publicación de este documento (v 1.0): 1o de julio de 2022.
Los documentos que son «vinculantes» se deben cumplir para obtener la certificación. Los documentos indicados como “no vinculantes” proporcionan información no obligatoria para ayudar a los lectores a comprender y aplicar los requisitos y otros contenidos vinculantes.
Descargo de responsabilidad de traducción
Para cualquier duda sobre el significado preciso de la información contenida en la traducción por favor consulte la versión oficial que es la versión en inglés. Si hay discrepancias o diferencias en significado causadas por la traducción, estas no son vinculantes y no tienen efecto alguno en relación con las auditorías o los propósitos de la certificación.
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