Política sobre la implementación gradual de la versión 1.4 del Estándar de Agricultura Sostenible

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Titulo:

Política sobre la implementación gradual de la versión 1.4 del Estándar de Agricultura Sostenible

Código:

A-31-S-B-AL

Versión:

1.1

Se aplica a:

Titulares de certificado de finca, titulares de certificado de la cadena de suministro y entes de certificación

Aplicabilidad:

Contenido vinculante

Rige a partir de:

1o de octubre de 2025

Vence:

1° de febrero de 2026

Publicado el:

1o de julio de 2025

Vinculado a:

A-1-S-B-F-v1.4 Estándar de Agricultura Sostenible: Requisitos para fincas

A-02-S-B-SC-v1.4 Estándar de Agricultura Sostenible: Requisitos para la cadena de suministro  

SA-R-GA-4-v1.0 Reglas de Certificación

SA-R-GA-5-v1.0 Reglas de auditoría

Reemplaza:

-

¿De qué trata este documento?

Como parte del lanzamiento de la versión 1.4 del Estándar de Agricultura Sostenible de Rainforest Alliance, los nuevos requisitos y documentos vinculantes se implementarán bajo un enfoque de fases. Los titulares de certificado (TC) que inicien auditorías con la versión 1.4 del Estándar de Agricultura Sostenible tendrán sus auditorías en la actual Plataforma de Certificación de Rainforest Alliance (RACP). En los próximos meses, el proceso de auditoría y la plataforma serán adaptados conforme los sistemas de certificación se actualicen.

¿Cuándo y cómo utilizar este documento?

Los titulares de certificado (TC) y los entes certificadores (EC) deberán utilizar este documento para preparar las auditorías con base en la versión 1.4 del Estándar de Agricultura Sostenible. El Estándar se implementará gradualmente, y contendrá algunos documentos que serán vinculantes a partir del 1o de octubre. A la hora de determinar su proceso de certificación para las auditorías y aprobaciones posteriores al 1o de octubre de 2025, los titulares de certificado y los entes certificadores deben utilizar esta política.

Cambios en la actualización de la v1.0 a la v1.1

Sección

¿Qué ha cambiado?

Fecha de vencimiento

Se ha extendido la vigencia del documento. La fecha de vencimiento del documento se actualizó al 1° de febrero de 2026.

3.2 Reglas de auditoría para la cadena de suministro

Escenarios actualizados para reflejar la nueva fecha de vencimiento del 1° de febrero de 2026.

3.2 Reglas de auditoría para la cadena de suministro

Se añadió un nuevo escenario para reflejar las necesidades de los nuevos titulares de certificado que se incorporan al Programa de Certificación de Rainforest Alliance entre el 1° de octubre de 2025 y el 1° de febrero de 2026.

1. Introducción

Como parte del lanzamiento de la versión 1.4 del Estándar de Agricultura Sostenible de Rainforest Alliance, habrá una implementación gradual de la nueva versión del Estándar y de las Reglas de Aseguramiento. Para las auditorías que comiencen el mismo 1o de octubre o despu[es de esta fecha, la versión 1.4 del Estándar de Agricultura Sostenible será totalmente vinculante, y el proceso de certificación tendrá lugar en la Plataforma de Certificación de Rainforest Alliance. Esta política establece qué reglas y requisitos serán vinculantes a partir del 1o de octubre de 2025 y cuáles se implementarán más adelante.

2. Implementación de los requisitos

Todas las auditorías que se realicen el mismo 1o de octubre de 2025 o despu[es de esta fecha, estarán sujetas a los respectivos Requisitos para Fincas o Cadenas de Suministro del Estándar de Agricultura Sostenible de Rainforest Alliance. Los siguientes documentos actualizados serán vinculantes a partir del 1o de octubre de 2025:

3. Implementación de las Reglas de Aseguramiento

Los siguientes documentos sobre las Reglas de Aseguramiento no se convertirán en vinculantes a partir del 1o de octubre:

A partir del 1o de agosto, la nueva lista de verificación de la versión 1.4 del Estándar de Agricultura Sostenible estará disponible en la Plataforma de Certificación de Rainforest Alliance (RACP). Los titulares de certificado (TC) que inicien su auditoría el 1o de octubre o en fecha posterior deben reconfirmar su alcance en la RACP para ver la lista de verificación actualizada. Los titulares de certificado (TC) que inicien su auditoría o tengan un endoso que expire antes del 1o de octubre no necesitan actualizar la lista de verificación. Si un titular de certificado (TC) tiene dificultades para reconfirmar su alcance y acceder a la nueva lista de verificación, debe ponerse en contacto con el servicio de atención al cliente a través de customersuccess@ra.org para obtener ayuda.

La versión 1.3 de la lista de verificación para las auditorías realizadas entre el 1o de agosto y el 30 de septiembre estará disponible en el Centro de Conocimiento. Esta versión puede, entonces, cargarse como parte de la documentación de solicitud de licencia en lugar de la lista de verificación de la RACP. Cualquier TC con auditorías entre el 1 de agosto y el 30 de septiembre, que cambie y reconfirme su alcance, verá la lista de verificación versión 1.4 actualizada. Si la fecha de inicio de la auditoría es anterior al 1o de octubre, el ente EC deberá utilizar la versión 1.3 de la lista de verificación.

3.1 Reglas de Certificación y de Auditoría para Fincas

Las últimas versiones publicadas de las Reglas de Certificación para Fincas v1,1 y de  las Reglas de Auditoría para Fincas v1.1 no serán vinculantes el 1o de octubre de 2025. Para facilitar las actualizaciones del sistema, los procesos de certificación y auditoría de los titulares de certificado (TC) de las fincas no serán modificadas hasta nuevo aviso. Las versiones actuales de las Reglas de Aseguramiento (Reglas de Certificación versión 1.0 y las Reglas de Auditoría v1,0) siguen vigentes para los TC de finca hasta nuevo aviso.

Los TC de finca con una auditoría que comience el mismo día 1o de octubre de 2025 o después de esta fecha, y que reciban una decisión de certificación positiva, continuarán recibiendo un certificado de tres años y una licencia de un año.

3.1.1. Recopilación y Auditoría de datos sobre indicadores de Datos

Como parte del lanzamiento de la versión 1.4 del Estándar de Agricultura Sostenible, a los TC se les solicita recopilar los datos según lo establecido en el Anexo sobre Indicadores. Los titulares de certificado deberán acceder a la sección «Datos sobre Indicadores» del RACP, donde ellos podrán solicitar el enlace a la encuesta sobre el cuestionario o cuestionarios sobre indicadores. A los titulares de certificado se les solicita completar los datos de los indicadores aplicables utilizando el cuestionario sobre indicadores. Una vez completados, el titular de certificado deberá enviar el formulario o formularios para que estén a disposición del EC. Entonces, el ente certificador tendrá acceso en la RACP al cuestionario sobre los datos de los indicadores, esto como parte de los documentos de «Preparación de la auditoría». El EC puede entonces verificar el progreso y validar los indicadores o bien, rechazarlos.

El EC deberá auditar si cada indicador está completo, si es creíble y si es coherente. En caso de que los datos no cumplan estos criterios, el ente certificador deberá emitir una no conformidad (NC) sobre ese punto de datos del indicador, y el titular de certificado deberá corregir los datos. En tal caso, el ente certificador deberá rechazar el cuestionario en la RACP para que el titular de certificado corrija los datos. El EC deberá, entonces, verificar el cierre de la no conformidad o no conformidades. Las no conformidades sobre los datos de indicadores deben cerrarse dentro del plazo estipulado de 10 semanas a partir de la última fecha de la auditoría.

3.2. Reglas de Certificación y de Auditoría para la Cadena de Suministro

Las Reglas de Certificación y de Auditoría de la Cadena de Suministro no se convertirán en vinculantes el 1o de octubre. Para facilitar la transición hacia la versión 1.4 del Estándar de Agricultura Sostenible, solamente los nuevos niveles de verificación y la frecuencia de auditoría resultante que se indican a continuación entrarán en vigencia. Con excepción de los niveles de verificación y la frecuencia de auditoría, la versión 1.0 de las Reglas de Certificación y las Reglas de Auditoría v1.0, en lo que respecta a su aplicabilidad a las auditorías de la cadena de suministro, seguirán vigentes hasta nuevo aviso.

Nivel de verificación

Frecuencia de auditorías

A

No se realizan auditorías

B

Auditoría in situ cada 3 años (con un intervalo máximo de 36 meses)

C

Auditoría in situ cada 2 años (con un intervalo máximo de 24 meses)

Tabla 1. Niveles de verificación (del 2.3.4 de las Reglas de Certificación y de Auditoría de la Cadena de Suministro)

A partir del 1o de agosto, los titulares de certificado de la cadena de suministro recibirán niveles de verificación basados en la Tabla 1 anterior. Los TC que vayan a ser auditados entre el 1o de agosto y el 30 de septiembre y que aún no tengan un nivel de verificación deben ponerse en contacto con customersuccess@ra.org. Los entes certificadores (EC) que deseen aclaraciones sobre el nivel de verificación de un TC deben ponerse en contacto con certification@ra.org.

Licencia que vence entre el 1o de octubre y el 1o de febrero (con certificado que vence posteriormente)

Los TC de la cadena de suministro deberán comunicar su nuevo o nuevos niveles de verificación a su EC. El titular de certificado que presente una nueva Evaluación de Riesgos de la Cadena de Suministro (ERCS) para auditorías que se lleven a cabo o licencias que expiren el mismo día 1o de octubre o después de esta fecha, recibirá una nueva licencia con una fecha de finalización que refleje el plazo para su próxima auditoría (según la tabla anterior). La nueva fecha límite está determinada por la fecha de la última auditoría realizada al TC y según el momento cuando deba realizarse su próxima auditoría de acuerdo con su nivel (s) de verificación.

Certificados y licencias que expiran entre el 1o de octubre y el 1o de febrero

Si el certificado de los TC vence entre el 1o de octubrey el 1° de febrero, ellos deben completar su auditoría según la versión 1.4 antes de obtener un nuevo certificado y licencia. La fecha de inicio de la auditoría debe situarse entre 9 y 15 meses posteriores a la fecha de inicio de su licencia anterior.

Nuevos titulares de certificados con endosos y auditorías posteriores al 1° de octubre

Para los nuevos TC de la cadena de suministro que requieran una auditoría o que tengan un endoso que haya sido emitido el 1° de octubre, o después de esta fecha, recibirán nuevos niveles de verificación según la Tabla 1 anterior.  

Presentación de solicitud de licencia

Una vez que se haya realizado y finalizado la auditoría conforme a la versión 1.4 del Estándar, y los documentos de auditoría estén listos para ser enviados, el ente certificador deberá notificar a Rainforest Alliance antes de presentar la solicitud de licencia en la RACP. Después de la revisión de Rainforest Alliance, el TC recibirá un nuevo certificado con fechas de validez basadas en su nivel o niveles de verificación.

Otra información

Fecha de la primera publicación de este documento (v 1.0): 1o de julio de 2025

Los documentos indicados como “vinculantes” deben cumplirse para la certificación. Los documentos indicados como "no vinculantes" proporcionan información no obligatoria para ayudar a los lectores a comprender e implementar los requisitos y otro contenido vinculante.

Descargo de responsabilidad sobre la traducción

Para cualquier duda sobre el significado preciso de la información contenida en la traducción, por favor consulte la versión en inglés que es la versión oficial. Cualquier error o diferencia en el significado debidos a la traducción, no son vinculantes y no tienen ningún efecto para los propósitos de auditoría o de certificación.

Queda terminantemente prohibida la reproducción, modificación, distribución o nueva publicación de este contenido sin el consentimiento previo y por escrito de Rainforest Alliance.

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